ABOGADO CONVENIO REGULADOR

MODIFICACIÓN DEL CONVENIO REGULADOR

El Convenio Regulador es aquel documento que estipula las condiciones que han de regir entre dos personas que en su día contrajeron matrimonio o que, sin haberlo contraído, han tenido una relación de análoga afectividad con hijos en común.

Dos personas con un contrato en medio.

EL HECHO ES QUE LAS CIRCUNSTANCIAS PERSONALES PUEDEN IR VARIANDO CON EL PASO DEL TIEMPO, PUESTO QUE ES ALGO INHERENTE AL SER HUMANO, MÁXIME EN LOS TIEMPOS QUE CORREN.

El hecho es que las circunstancias personales pueden ir variando con el paso del tiempo, puesto que es algo inherente al ser humano, máxime en los tiempos que corren. Un cambio de trabajo, un despido, un ascenso laboral con aumento significativo de nómina, que alguno de los cónyuges haya rehecho su vida con otra pareja, haber tenido nuevos hijos y otras muchas variables, pueden hacer que lo que se acordó en su momento no se ajuste a la nueva realidad.

Para ello, hay que instar en el mismo juzgado en el que se acordó el Convenio Regulador, un procedimiento de modificación de medidas definitivas, en el que se expongan las nuevas circunstancias y, sobre todo, en el que se aporte la documentación oportuna que acredite que efectivamente existe una realidad muy distinta a la del momento de la firma del Convenio.

Hemos de tener en cuenta que en ningún caso procederá la modificación de dichas medidas si la situación que ha generado los cambios ha sido intencionadamente provocada por quien solicita la modificación como, por ejemplo, forzar un despido para dejar de abonar una pensión de alimentos.

Además, dichos cambios deben de ser prolongados en el tiempo, no siendo suficiente que se trate de una situación coyuntural, pues previsiblemente podrá cambiar en un lapso breve de tiempo, volviendo por tanto a la situación de la que se partía. 

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