Incapacitación judicial

Derecho civil en Murcia

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En septiembre de 2021 entró en vigor la Ley 8/2021, de 2 de junio, a través de la cual se cambia, en primer lugar, el propio concepto de incapacitación, pasando a llamarse medidas de apoyo a la persona con discapacidad.

Desaparece por tanto la tutela, dando paso a la curatela, promoviendo la toma de decisiones de la persona con necesidades de apoyo. Están facultados para promover un expediente de medidas de apoyo, el propio Ministerio Fiscal, encargado de velar por los derechos públicos cuando no existan el resto de figuras. Pero, lo normal, es que sea promovido por el cónyuge no separado, ascendientes, descendientes, hermanos, o la propia persona afectada.

La finalidad de estas medidas es permitir el desarrollo pleno de su personalidad y su desenvolvimiento jurídico en condiciones de igualdad. El propio artículo 268 del Código Civil, concluye que las medidas tomadas por la autoridad judicial en el procedimiento de provisión de apoyo serán proporcionales a las necesidades de la persona que las precise, respetarán siempre la máxima autonomía de esta en el ejercicio de su capacidad jurídica y atenderán en todo caso a su voluntad, deseos y preferencias.

Para poder ser curador de otra persona, se necesita ser mayor de edad para la función, o bien que se trate de Fundaciones y Organismos sin ánimo de lucro con fines de asistencia.

Por el contrario, no podrán ejercer dicho cargo, los excluidos por el propio sujeto que necesite apoyo, los privados o suspendidos de la patria potestad o los derechos de guarda y protección, ni las personas que hayan sido removidas anteriormente de tutela, curatela o guarda.

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Álvaro Prieto Abogado

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Jennifer Ferreira Morales
06/01/2023
Me puse en contacto con este Despacho para un tema que se ha tratado con una brillantez y profesionalidad sorprendente. No sólo ha sido resuelto, sino que la resolución judicial ha estado por encima de lo que esperaba. Agradezco a D. Álvaro la amabilidad y paciencia con la que me ha tratado y por supuesto ni que decir cabe que se ha convertido en mi despacho de abogados de referencia.
Candy Baena
04/01/2023
Profesional con alto grado de conocimiento, problema solucionado, muy bueno asesorando y tramites muy rápidos
Anna Riechkina
12/12/2022
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Enrique Fernandez
28/11/2022
Excelente trato y servicio. Recomendable 100%
pepa vilchez
23/11/2022
Eficaz, familiar , trato con mucha empatia.Gracias.
Miriam Ruiz Gómez
20/11/2022
Buen profesional. Rápido y eficaz. Atento a todos los detalles, y eso da mucha tranquilidad en asuntos serios.
marta ortuño
20/10/2022
Es un excelente profesional y mejor aún, excelente como persona, se agradece tener cerca gente así en momentos difíciles y poco agradables, muy atento y cercano, desde el principio y en todos los momentos que lo he necesitado siempre ha estado ahí y sigue estando. Mil gracias. 100% recomendable.
Carlos Cadenas
05/10/2022
Muy buena atención y comunicación, resolviendo todas mis dudas. Da gusto contar con buenos profesionales, ya tengo abogado para cualquier tema que surja, un saludo Álvaro y gracias por tu trabajo!
Estudio21 Inmobiliaria
23/09/2022
Sin duda nuestro abogado de confianza en asuntos complejos. Minucioso y con gran dedicación, no escatima en tiempo y hace fácil las explicaciones para que, los que no tienen conocimientos de derecho, entiendan perfectamente todo el proceso.
Daniel Vigueras
22/09/2022
Tuve un problema jurídico y me lo solucionó perfectamente, el resultado fue positivo hacia mi parte, con un fallo a mi favor. El seguimiento del asunto fue completo y fui atendido en cualquier momento a todas mis dudas. Recomendado.

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