Agresiones sexuales hay de muchos tipos. Afortunadamente, tanto en las sedes judiciales como a nivel social, el conocimiento sobre estos desafortunados hechos cada vez es mayor. Y, gracias a ello, más y más personas vulneradas ven cómo sus agresores pagan ante la justicia.
Qué es una agresión sexual.
Lo primero que hay que tener claro es qué es una agresión sexual. Responder a esa pregunta es complejo, porque este es un tipo de conducta que incluye una gran diversidad de escenarios.
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De una manera muy general, se podría decir que una agresión sexual es uno de los tipos de violencia más repetidos en nuestro país, y ocurre cuando una persona es violentada por otra u otras con una conducta sexual no deseada y en contra de su voluntad.
El grado de una agresión sexual puede variar muchísimo, ya que desde un tocamiento sin permiso hasta mantener relaciones bajo coacción y amenazas se encuentran dentro de este tipo de delitos.
Por ello, ante la sospecha de haber sufrido uno de estos escenarios, es recomendable contactar con un abogado especializado. Este podrá determinar si se trata realmente de una agresión castigada por ley y llevar a cabo todo el protocolo necesario para apoyar a la víctima en el proceso.
Cuál es la diferencia entre abuso y agresión sexual.
Es importante tener en cuenta que nuestra legislación diferenciaba, hasta 2022, entre abuso sexual y agresión sexual. Estos son dos tipos de violencia sexual muy similares, pero atendiendo a unas circunstancias sobre cómo se han producido los hechos podían suponer unas penas distintas en caso de juicio.
En este sentido, la principal diferencia que existe entre abuso y agresión sexual es que en el abuso los hechos se daban sin consentimiento por parte de la persona abusada. Se hablaría de agresión cuando, además de la falta de consentimiento, ocurría un episodio de violencia o intimidación.
En este punto, hay que indicar que la reforma del Código Penal del 7 de octubre de 2022 eliminaba el delito de abuso sexual. A partir de ese momento, cualquier tipo de acto contra la intimidad sexual de una persona entraba dentro de la definición de agresión sexual.
Tipos de agresiones sexuales.
La agresión sexual, actualmente, se contempla en los artículos 178, 179 y 180 del Código Penal y se caracteriza por ser un ataque contra la libertad sexual en el que se puede utilizar, o no, la violencia o intimidación.
Tipo básico de agresión sexual.
Con la reforma de la conocida Ley del “solo sí es sí”, lo que antes se denominaba abuso sexual, ha pasado a ser un delito de agresión sexual, recogido en el artículo 178.1 del Código Penal, que dice:
“1. Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona.”
La Ley Orgánica 4/2023 reformó esta normativa, por lo que ahora existe una pena agravada para el delito de agresión sexual con violencia o intimidación:
“178.2. Se consideran en todo caso agresión sexual los actos de contenido sexual que se realicen empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima, así como los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuya situación mental se abusare y los que se realicen cuando la víctima tenga anulada por cualquier causa su voluntad.
178.3. Si la agresión se hubiera cometido empleando violencia o intimidación o sobre una víctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad, su responsable será castigado con la pena de uno a cinco años de prisión.”
Violación.
La violación es el tipo más grave de la agresión sexual, se tipifica en el artículo 179 del Código Penal y existe cuando hay penetración no consentida, ya sea vaginal, oral o anal. Existe además un tipo agravado para este delito. Consiste en cometer los actos anteriores con violencia o intimidación, o teniendo la víctima anulada por cualquier causa su voluntad.
Por tanto, las diferencias fundamentals entre agresión sexual y violación, son las siguientes:
– La agresión sexual atenta contra la libertad sexual de otra persona sin consentimiento. El delito se puede perpetrar con violencia o intimidación, o sin ella.
– Por su parte, la violación es una agresión sexual agravada en la que hay penetración por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de objetos por alguna de las dos primeras vías. En este caso, al igual que la agresión, se puede cometer con violencia o intimidación, o sin ella.
Sea cual sea el tipo de agresión, lo cierto es que las personas que lo sufren se encuentran en una situación muy desagradable en la que a veces incluso resulta difícil pedir ayuda. En este sentido, hay que tener muy claro que ningún tipo de comportamiento sexual no deseado debe dejarse pasar y que siempre hay fórmulas para evitar que se repita.
Como abogado especializado, trabajo con muchas víctimas en este tipo de escenarios. Es importante entender que las agresiones sexuales son de tipos muy distintos y que, ante todos ellos, la ley tiene herramientas para defenderse.
Ponte en contacto conmigo si deseas recibir asistencia letrada ante uno de estos desagradables escenarios.
Abogado especialista en derecho penal
Colegiado por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (nº 131239 )