Delito leve de lesiones: qué es y qué consecuencias tiene.

Delito leve de lesiones: qué es y qué consecuencias tiene.

Delito leve de lesiones

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El delito leve de lesiones consiste en causar a otra persona un daño físico o mental que solo requiere una primera asistencia médica, sin tratamiento posterior. Soy Álvaro Prieto, abogado penalista en Murcia dedicado al derecho penal en exclusiva, y en esta guía te explico cuándo hay delito leve de lesiones, qué penas prevé el Código Penal, cómo se distingue del delito de lesiones y cómo se defiende.

Qué es el delito leve de lesiones (art. 147 CP)

El delito leve de lesiones se regula en el artículo 147 del Código Penal, dentro de los delitos de lesiones. Se comete cuando alguien causa a otro una lesión que menoscaba su salud física o mental, pero que solo necesita una primera asistencia facultativa, sin tratamiento médico o quirúrgico posterior. La simple vigilancia o el seguimiento de la lesión no cuentan como tratamiento.

Si la lesión requiere un tratamiento médico o una intervención quirúrgica, ya no es un delito leve, sino un delito de lesiones del artículo 147.1, con penas más graves.

También constituye delito leve golpear o maltratar de obra a otra persona aunque no se le cause una lesión (por ejemplo, un empujón o una bofetada sin resultado lesivo).

El delito leve de lesiones es una figura introducida por la reforma de 2015, que convirtió la antigua falta de lesiones en delito leve. Es uno de los delitos que con más frecuencia se cometen, porque puede surgir de cualquier discusión o pelea.

Requisitos y cómo se diferencia del delito de lesiones

La clave para distinguir el delito leve de lesiones del delito de lesiones es la asistencia que necesita la víctima:

  • Si basta una primera asistencia (por ejemplo, la prescripción de analgésicos), el delito de lesiones es leve.

  • Si la lesión requiere tratamiento continuado o intervención quirúrgica (por ejemplo, puntos de sutura o una escayola), es delito de lesiones del artículo 147.1.

Por ejemplo, un puñetazo que solo requiere unos analgésicos para el dolor es un delito leve de lesiones; un corte que precisa puntos de sutura ya es un delito de lesiones. Esa diferencia de calificación cambia por completo la pena aplicable.

El delito leve de lesiones es semipúblico: solo se persigue mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal. El plazo para denunciar es de un año desde la agresión; pasado ese tiempo, el delito prescribe y no puede sancionarse.

Penas del delito leve de lesiones según el Código Penal

Las penas del delito leve de lesiones son de multa, salvo que la lesión requiera tratamiento (en cuyo caso es delito de lesiones):

Conducta

Pena

Lesión leve que solo requiere primera asistencia (art. 147.2)

Multa de 1 a 3 meses

Golpear o maltratar de obra sin causar lesión (art. 147.3)

Multa de 1 a 2 meses

Lesión que requiere tratamiento médico o quirúrgico (delito de lesiones, art. 147.1)

Prisión de 3 meses a 3 años o multa de 6 a 12 meses

La multa se fija por el sistema de días-multa, con una cuota diaria proporcional a los ingresos del condenado. Aunque el delito leve de lesiones se castigue con multa, la condena genera antecedentes penales, cancelables a los seis meses del pago si no se comete otro delito. Y si no se paga la multa, se cumple una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa impagadas.

Lesiones leves y violencia de género o doméstica

La calificación cambia cuando la víctima es o ha sido pareja del autor, o una persona de su ámbito familiar. En ese caso, los hechos dejan de ser un delito leve de lesiones y se castigan como delito de violencia de género o doméstica del artículo 153, con pena de prisión, y el juez puede imponer además la privación del derecho a la tenencia y porte de armas y medidas de alejamiento. Por eso una misma agresión puede ser un delito leve o un delito con prisión según la relación entre agresor y víctima.

El juicio por delito leve de lesiones

El delito leve de lesiones se enjuicia mediante el juicio por delito leve ante el Juzgado de Instrucción, un procedimiento simplificado y sin fase de instrucción que sustituyó al antiguo juicio de faltas. El juzgado cita a las partes, y en la vista comparecen la víctima, el acusado y los testigos, valorándose el parte médico y las pruebas de la agresión. La reparación del daño y el reconocimiento de los hechos pueden operar como atenuantes y rebajar la multa.

Cómo defenderse de una acusación de lesiones leves

Si te acusan de un delito leve de lesiones, la defensa suele partir de estos ejes:

  • Discutir la autoría o la mecánica de la agresión con los partes médicos y los testigos.

  • Valorar una posible legítima defensa si respondiste a una agresión previa.

  • Cuestionar que la lesión requiriera realmente tratamiento, para mantener la calificación de delito leve.

  • Ofrecer la reparación del daño como atenuante para reducir la pena.

Preguntas frecuentes sobre el delito leve de lesiones

¿Qué es el delito leve de lesiones?
Causar a otra persona una lesión que solo requiere una primera asistencia facultativa, sin tratamiento médico o quirúrgico posterior, o golpearla sin causarle lesión.

¿Qué pena tiene el delito leve de lesiones?
Multa de uno a tres meses por la lesión leve, y de uno a dos meses por el golpe o maltrato de obra sin lesión, además de antecedentes penales.

¿Necesito denunciar para que se persiga?
Sí. Es un delito semipúblico: solo se persigue mediante denuncia de la víctima o de su representante legal, dentro del plazo de un año.

¿Qué pasa si no pago la multa?
Se cumple una responsabilidad personal subsidiaria: un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa que queden sin pagar.

Si te acusan de un delito leve de lesiones, cuenta con un abogado penalista especialista en lesiones en Murcia que revise el parte médico, la prueba de la agresión y una posible legítima defensa. Estas lesiones surgen a menudo en contextos de riña. Soy Álvaro Prieto y llevo la defensa penal en Murcia y Alicante. Cuéntame tu caso y preparamos tu defensa.

Abogado Penalista en Murcia
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Abogado especialista en derecho penal en Murcia
Colegiado por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (nº 131239 )
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