Alcoholemia Positiva sin Conducir: Cómo la Prueba Pericial del GPS Demostró la Inocencia del Acusado

En el complejo ámbito del derecho penal de tráfico, no siempre la versión policial coincide con la realidad de los hechos. El caso que presentamos demuestra cómo la combinación de una defensa jurídica rigurosa y un análisis forense digital exhaustivo puede ser determinante para evitar condenas injustas por delitos que nunca se cometieron. El Caso:…

principio de presunción de inocencia

En el complejo ámbito del derecho penal de tráfico, no siempre la versión policial coincide con la realidad de los hechos. El caso que presentamos demuestra cómo la combinación de una defensa jurídica rigurosa y un análisis forense digital exhaustivo puede ser determinante para evitar condenas injustas por delitos que nunca se cometieron.

El Caso: Acusado de Conducir Bajo los Efectos del Alcohol y Drogas

Nuestro cliente fue acusado de un delito contra la seguridad vial por conducción bajo los efectos del alcohol y drogas, tipificado en el artículo 379.2 del Código Penal. Según el atestado policial, los agentes habrían observado el vehículo del acusado circulando de manera zigzagueante por una avenida principal de la ciudad alrededor de las 2:15 de la madrugada, procediendo a su detención minutos después.

La situación parecía comprometida: una prueba de alcoholemia que, aunque no superaba los límites legales, había dado positivo, un test de drogas también positivo, y el testimonio de varios agentes que afirmaban haber visto circular el vehículo de forma irregular.

Sin embargo, había un problema fundamental con esta versión: nuestro cliente no estaba conduciendo. Se encontraba en el interior de su vehículo estacionado tras haber estado en un establecimiento cercano, simplemente escuchando música y cargando su teléfono móvil, sin intención alguna de ponerse al volante.

La Estrategia de Defensa: Más Allá del Testimonio

Desde nuestra defensa, planteamos varios argumentos jurídicos sólidos que cuestionaban la acusación:

1. Ausencia del Elemento Esencial: La Conducción

Como establece el Tribunal Supremo en su Sentencia 436/2017, de 15 de junio: “sin movimiento no hay conducción”. La acción de conducir un vehículo de motor incorpora unas mínimas coordenadas espacio-temporales, un desplazamiento real de un punto geográfico a otro.

2. Tasa de Alcohol Insuficiente

La prueba de alcoholemia no superaba el límite mínimo establecido por el tipo penal (0,60 mg/l), por lo que no se cumplía el requisito objetivo necesario para la comisión del delito.

3. Deficiencias en el Atestado Policial

El atestado resultaba genérico e inconcluyente, sin que se reflejara adecuadamente en la diligencia de síntomas ningún elemento concreto que permitiera enervar la presunción de inocencia.

La Prueba Definitiva: El Análisis Forense del Sistema GPS

Pero el elemento determinante del caso fue el informe pericial informático forense realizado sobre el sistema GPS antirrobo instalado en el vehículo por una empresa de seguridad especializada.

Metodología del Análisis Pericial

El perito informático solicitó directamente a la empresa proveedora del sistema GPS los registros completos del dispositivo correspondientes a los días de los hechos. Se obtuvieron datos certificados que incluían:

Toda la información fue verificada mediante análisis de integridad digital (hash) para garantizar que no había sido manipulada, y certificada oficialmente por la empresa proveedora.

Los Datos Irrefutables

El análisis reveló una cronología incompatible con la versión policial:

Según los registros del GPS:

Según el atestado policial:

Las Contradicciones Evidentes

El informe pericial concluyó de manera categórica:

“El vehículo se encontraba estacionado desde las 14:42 horas y no tuvo actividad de circulación ni desplazamiento a la hora indicada en el atestado. No se puede constatar que estuviera en movimiento cuando los agentes patrullaban, ya que según los registros GPS se encontraba estacionado en el lugar de la intervención.”

Esta prueba técnica demostró de forma objetiva e irrefutable que era materialmente imposible que el vehículo hubiera circulado por donde los agentes decían haberlo visto.

Pruebas Complementarias

Además del análisis del GPS, la defensa propuso:

Marco Legal: El Delito Requiere Conducción Efectiva

Es fundamental comprender que el delito del artículo 379.2 del Código Penal requiere la conducción efectiva del vehículo. Como estableció recientemente el Tribunal Supremo en su Sentencia 610/2023, de 13 de julio, no basta con dar positivo en alcohol o drogas; es necesario acreditar que dicha ingestión ha afectado a la capacidad psicofísica del conductor y a la seguridad en el tráfico.

Estar en el interior de un vehículo estacionado, incluso con las llaves en el contacto para utilizar sistemas eléctricos, no constituye por sí solo conducción ni representa riesgo alguno para la seguridad vial.

El Resultado: Absolución con Todos los Pronunciamientos Favorables

Gracias a la solidez de la prueba pericial y a una defensa técnicamente fundamentada, se solicitó y obtuvo la absolución libre del acusado con todos los pronunciamientos favorables.

Nuestro cliente evitó:

Conclusión: La Tecnología al Servicio de la Justicia

Este caso ejemplifica la importancia de tres factores esenciales:

  1. No conformarse con la versión oficial: Cuando los hechos no encajan con lo sucedido, es imprescindible buscar pruebas objetivas que los desmientan.
  2. La pericia informática forense como prueba determinante: Los sistemas de geolocalización, registros digitales y dispositivos tecnológicos generan constantemente datos que, correctamente analizados por profesionales cualificados, pueden convertirse en pruebas irrefutables.
  3. La colaboración entre abogados y peritos especializados: La defensa efectiva en casos complejos requiere un trabajo coordinado entre profesionales del derecho y expertos técnicos que aporten el conocimiento especializado necesario.

Los datos digitales no mienten. Un análisis forense riguroso, realizado por profesionales certificados y siguiendo normativa técnica internacional, proporciona evidencias objetivas que ningún testimonio puede contradecir.


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