Reformas laborales ante una crisis, ¿Qué hay detrás de ellas y a quién beneficia?

La importancia que trajo a España la creación del Estatuto del trabajador tiene su germen en la Constitución Española, en concreto su artículo 35.2.

Reformas laborales ante una crisis

La importancia que trajo a España la creación del Estatuto del trabajador tiene su germen en la Constitución Española, en concreto su artículo 35.2, por el que se establece que “La Ley regulará un Estatuto de los Trabajadores”, precepto que vendría a desarrollarse en modo definitivo a través de la Ley 8/1980 del Estatuto de los Trabajadores, de 10 de marzo de 1980.

Desde su aprobación, se han realizado más de 50 reformas, que abordaremos en esta y en próximas entradas. Como es evidente, no vamos a pormenorizar en las cincuenta, dada la extensión, sino que vamos a centrar el foco de interés en las más significativas, destacando la primera llevada a cabo en 1984 y la, ya no tan reciente pero sí cercana, 2012.

Curiosamente otros países europeos han adoptado medidas similares a las tomadas por España. Sin alejarnos mucho, el gobierno socialista de François Hollande desarrolló una reforma laboral de gran similitud a las elaboradas por España, cuyo resultado ha sido fomentar la temporalidad y abaratar el despido como viene ocurriendo desde las primeras modificaciones españolas, alcanzando tasas de desempleo alarmantes, llegando en algún momento a más del 20% de la población activa.

¿Una reforma laboral hará descender el desempleo?, ¿el despido fomenta la contratación?, ¿el descenso salarial impedirá el despido? Con tantas dudas ante una reforma, hay algo evidente: Los datos del BOE. En ellos podemos ver los cambios y, más esclarecedor todavía, lo que se pretende impulsar.

De especial interés resulta revisar la “Exposición de motivos”. Vamos ver las que resultan más interesantes y que reflejan las necesidades e inquietudes de la época en que se aprobaron, por si, de casualidad, nos sonasen de algo:

Reforma de 1984. Exposición de motivos: “La adaptación del marco institucional que regula el mercado de trabajo a las nuevas circunstancias de la economía española, tras la crisis económica del último decenio, constituye una necesidad imperiosa en orden a conseguir que las perspectivas de un crecimiento económico futuro, más sustancial que el de los últimos años, se traduzcan en la creación del mayor número de empleos posibles, objetivo fundamental y prioritario del programa del Gobierno”.

El objetivo central de estas modificaciones es dotar al marco legal de una mayor claridad y estabilidad para reducir la incertidumbre empresarial.

La intensidad alcanzada por el paro juvenil aconseja perfeccionar las formas contractuales. Enlace al BOE

Reforma de 1994. Exposición de motivos: “La gravedad de la situación económica y su incidencia en el mercado de trabajo concede prioridad a la necesidad de acometer, de manera decidida y urgente, la reforma de las relaciones laborales con el objetivo de luchar contra el paro y potenciar nuestra capacidad generadora de empleo.

Es imposible ignorar que para recuperar la senda del crecimiento económico y mejorar la competitividad de las empresas,[…] algunas de las medidas que se proponen en dicho contexto, tendentes a optimizar las posibilidades de colocación existentes, favorecer la inserción laboral de los jóvenes”. Enlace al BOE

Reforma de 2010. Exposición de motivos: “La crisis financiera y económica de origen internacional que se ha desarrollado desde principios de 2008 ha quebrado la larga senda de crecimiento económico y del empleo que vivió la economía española desde mediados de los noventa y ha tenido como consecuencia más grave una intensa destrucción de empleo y el consecuente aumento del desempleo.

Esta reforma tiene como objetivo esencial contribuir a la reducción del desempleo e incrementar la productividad de la economía española. A estos efectos, se dirige a corregir la dualidad de nuestro mercado de trabajo promoviendo la estabilidad en el empleo […] Tercero, elevar las oportunidades de las personas desempleadas, con particular atención a los jóvenes […]”. Enlace al BOE

Reforma de 2012. Exposición de motivos: “La crisis económica que atraviesa España desde 2008 ha puesto de relieve las debilidades del modelo laboral español. La gravedad de la crisis actual no tiene precedentes […]

La incertidumbre a la hora de entrar en el mercado de trabajo, los reducidos sueldos iniciales y la situación económica general están provocando que muchos jóvenes bien formados abandonen el mercado de trabajo […]

La gravedad de la situación económica y del empleo descrita exige adoptar una reforma inmediata que proporcione a los operadores económicos y laborales un horizonte de seguridad…”. Enlace al BOE

Parece evidente que en los 30 años de reformas, la finalidad no ha cambiado. Sin embargo, los datos oficiales arrojan una productividad multiplicada en todos los sectores debido a los avances tecnológicos.

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En contra, lo que sí ha aumentado han sido los precios, en un porcentaje muy superior al de los salarios, mermando las condiciones laborales y agravando la precariedad. Además, el trabajador ha continuado produciendo en mayor medida debido al miedo y al estrés que le produce la situación de crisis y la precariedad laboral, especialmente por el temor al desempleo. El valor humano ha desaparecido en buena parte de los empleos, y precisamente por eso, muchas empresas empiezan a contabilizar a los empleados que aportan habilidades sociales desarrolladas. No hay duda que los trabajos, tras la revolución industrial y la implementación de la tecnología (más ahora, con la llegada de la Inteligencia Artificial), ha dejado de ser artesano para pasar a ser mecanizado, lo que degrada el valor de la persona, fácilmente sustituible por otra, o por una máquina o robot.

El principal objetivo de las reformas laborales ha sido incentivar la devaluación interna, a través de un descenso salarial que traiga a mejor las exportaciones. Esta lógica supone confundir una devaluación interna con una devaluación de los tipos de cambio, asumiendo erróneamente el salario como un precio más, cuando no es así.

La devaluación del tipo de cambio trae como consecuencia la mejora de exportaciones y reducción de importaciones, por lo que la renta viene incrementada si a su vez se cumple la condición de Marshall-Lerner: “Una devaluación del tipo de cambio tendrá un efecto positivo sobre la balanza comercial siempre que la suma de las elasticidades del precio de las exportaciones e importaciones sea superior a la unidad” (Lerner,Abba P.(1934 y 1952), hecho que de manera empírica se cumple generalmente. Sin embargo, la devaluación interna promovida por las reformas laborales a través de los salarios, no trae como consecuencia un incremento de renta sino que, por el contrario, decae con total seguridad.

Así, después de 35 años cumplidos desde la implantación del Estatuto del Trabajador, y tras más de cincuenta reformas sufridas, lejos de solucionar el problema, la situación se ha precarizado notablemente.

¿Qué nos deparará la próxima reforma con el avance de la robótica y la Inteligencia Artificial?

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Alvaro Prieto Abogado penalista

Abogado especialista en derecho penal
Colegiado por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (nº 131239 )

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