El delito de alcoholemia, o conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, es relativamente frecuente. No es necesario que se llegue a causar un daño a las personas o a los bienes, si alguien es sorprendido conduciendo un vehículo con una alta tasa de alcohol o drogas, tendrá que enfrentar las consecuencias penales de esta conducta.

Qué es el delito de conducción bajo los efectos de alcohol o drogas

El delito por alcoholemia está recogido en el artículo 379.2 del Código Penal, junto con los delitos contra la seguridad vial.

La conducta tipificada es conducir un vehículo de motor o un ciclomotor bajo la influencia de bebidas alcohólicas,drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. A estos efectos, se entiende que la conducta del sujeto está afectada por el alcohol si su tasa en aire espirado supera los 0,60 miligramos por litro, o la tasa en sangre es superior a 1,2 gramos por litro.

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Conducir bajo los efectos del alcohol se sanciona con pena de prisión de tres a seis meses, multa de seis a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Se impone también la pena de privación del carnet de conducir por entre uno y cuatro años.

Para determinar si una persona está cometiendo este delito, se atiende tanto a la tasa de alcohol que tiene en su cuerpo como a los signos que muestra de estar afectada por la bebida. Un sujeto puede superar las tasas permitidas y, sin embargo, tener mucha tolerancia al alcohol y no dar síntomas de ebriedad. Aún así estaría cometiendo este delito.

De igual manera, una persona puede tener una tasa de alcohol en sangre inferior a la recogida en el Código Penal, pero dar muestras de embriaguez. En este caso, también se entenderá que está cometiendo un delito de conducción bajo los efectos del alcohol.

Consecuencias de conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas

Hace mucho tiempo que se sabe que alcohol y conducción están reñidos. Esta sustancia es un depresor del sistema nervioso central y hace que la actividad cerebral sea más lenta. En consecuencia, la velocidad de respuesta de los sujetos baja, haciendo que su reacción ante cualquier imprevisto en la circulación sea más lenta de lo que lo sería en circunstancias normales.

Además, un exceso de alcohol provoca un sentimiento de euforia e inhibe los miedos, llevando a las personas a actuar de forma más extrema. Por ejemplo, a conducir con exceso de velocidad, o llegar incluso a la conducta temeraria, poniendo en riesgo la vida de los demás.

Por otro lado, cuanto mayor es el grado de embriaguez de una persona, mayor es la descoordinación motora y psicomotora que sufre. Sus movimientos son poco precisos y su equilibrio falla. Esto afecta a la forma en que maneja los mandos del vehículo. Por eso, al conducir bajo los efectos del alcohol la distancia de detención aumenta, porque el conductor tarda más en percibir el peligro, y a la hora de reaccionar es posible que no pueda coordinar del todo bien los movimientos.

Conducir bebido aumenta las posibilidades de sufrir un accidente. Si se lesiona o se mata a alguien mientras se conduce bajo los efectos del alcohol, se considera que existe una agravante. En consecuencia, se impondrá la pena más grave del delito cometido en su mitad superior.

Por todo ello, alcohol y conducir se consideran incompatibles. Y, a fin de reducir la presencia de conductores intoxicados en las carreteras, es habitual que se llevan a cabo controles de drogas y de alcohol por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Negarse a participar en estos también constituye un delito.

Qué ocurre si te niegas a hacerte un control de alcoholemia y drogas o lo ignoras

Un agente de la autoridad puede requerir a cualquier conductor para la realización de una prueba de alcoholemia o drogas, sin importar si este muestra o no síntomas de ebriedad, o si ha tenido implicación en algún accidente de tráfico.

Negarse a la realización es una conducta que se tipifica como delito en el artículo 383 del Código Penal. La sanción en este caso incluye pena de prisión de seis meses a un año y privación del carnet de conducir por tiempo de entre uno y cuatro años.

Se entiende que hay negativa a la práctica de la prueba cuando el conductor ignora el control y se da a la fuga, y cuando se niega expresamente al test. Pero también comete el delito si hay una conducta pasiva que impide la realización de la prueba. Esto sucede cuando no se siguen las indicaciones de los agentes y no se sopla con suficiente fuerza como para que el etilómetro pueda hacer su trabajo.

Conducir bajo los efectos del alcohol y drogas o negarse a realizar las pruebas  son delitos tipificados que pueden tener importantes consecuencias legales. Si tienes un problema de este tipo y necesitas asistencia jurídica, nuestro equipo está a tu disposición.

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Alvaro Prieto

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Abogado especialista en derecho penal
Colegiado por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (nº 131239 )

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