El derecho a la vida es inherente al ser humano y, por tanto, está claro que atentar contra el mismo constituye un delito. Matar a otra persona es algo sancionado por todos los ordenamientos jurídicos del mundo, pero causar la muerte de otra persona no siempre se pena con la misma dureza, ya que depende de las circunstancias que rodeen al hecho. Es esto lo que nos permite hablar de la diferencia entre homicidio y asesinato.

Qué es el delito de homicidio

El delito de homicidio sanciona a aquel que lleve a cabo una conducta tipificada que en este caso consiste en matar a otro. Sin embargo, el reproche social de esta acción puede ser mayor o menor en función de las circunstancias, y esto da lugar a la existencia de varios tipos dentro de este delito.

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El tipo agravado se comete cuando se dan con respecto a la víctima o al acusado ciertas condiciones que justifican la imposición de una pena mayor. Por ejemplo, si la víctima es menor de 16 años, o si el homicidio se comete tras haber cometido previamente el autor otro delito contra la libertad sexual de la víctima. También si el autor pertenece a un grupo u organización criminal o si se puede catalogar el hecho como un atentado.

Existe, además, el homicidio imprudente, en el que el autor del hecho actúa sin una intención directa de causar daño a una persona, pero con una grave imprudencia. Esto sucede, por ejemplo, si se provoca la muerte de un tercero por haber conducido bajo los efectos del alcohol.

Si la imprudencia se puede calificar como menos grave, entonces se aplica el tipo atenuado del delito de homicidio imprudente.

Cuándo se considera delito de asesinato

Homicidio y asesinato son dos tipos penales distintos; es decir, el asesinato no es un tipo agravado del homicidio, sino una conducta diferente.

Asesinar también implica causar la muerte de otra persona, pero, para poder considerar que estamos ante un asesinato, debe darse alguna de estas circunstancias:

Alevosía

Esta conducta implica reducir todo lo posible las posibilidades de defensa de la víctima, con el fin de asegurar de que se va a materializar su muerte.

Por ejemplo, drogar a una persona para que entre en un estado de inconsciencia y aprovechar el mismo para proceder a su estrangulamiento.

Precio, promesa o recompensa

Se refiere a aquellos casos en los que el autor mata a una persona a cambio de algo, ya sea dinero o cualquier otra cosa. Un caso habitual es el del que comete el asesinato de una persona que no conoce a cambio de un determinado precio.

En esos supuestos de precio, promesa o recompensa, se procesa por asesinato tanto a quien comete materialmente el hecho como a quien propone, promete o paga para que un tercero mate a otra persona.

Ensañamiento

Esta conducta se da para aumentar de forma deliberada el sufrimiento del ofendido, realizando acciones que no son necesarias para causar la muerte.

Por ejemplo, si una víctima muere tras 12 puñaladas, pero las 11 primeras las ha recibido en órganos no vitales, se entiende que con ellas el autor pretendía incrementar el dolor de la víctima, porque no estaban destinadas a matarla.

Para facilitar la comisión de otro delito o para evitar que se descubra

En este caso, el asesinato es el medio para cometer otra conducta delictiva, o bien una forma de ocultar un delito. El primer caso sería el de los ladrones que matan al guardia de seguridad para acceder a una finca. El segundo, el ladrón que mata a su víctima para que esta no pueda identificarlo.

Qué diferencia hay entre homicidio y asesinato

Al analizar qué diferencia hay entre asesinato y homicidio, la clave está en la intensidad criminal y el reproche social que esta merece.

En ambos casos, el resultado es el mismo: se priva de la vida a una persona. La diferencia es que en el asesinato las circunstancias son más graves porque tiene que haber alevosía, precio, promesa o recompensa, o ensañamiento.

Esto da lugar a diferencias en las penas. Como es lógico, la pena de prisión por el asesinato es más elevada que la que se impone por homicidio. Además, en ciertos supuestos, se puede aplicar la pena de prisión permanente revisable, que no se aplica en ningún otro delito de los tipificados en nuestro Código Penal.

También los plazos de prescripción del delito son diferentes. En el homicidio pueden ir de 5 a 20 años en función de la gravedad del hecho, mientras que el asesinato el plazo de prescripción es de 20 años.

Que los tribunales aprecien la diferencia entre homicidio y asesinato puede influir mucho en la pena del acusado. En cualquier caso, siempre es importante contar con una buena defensa letrada. Así que, si necesitas un abogado penalista profesional, estoy a tu entera disposición para ayudarte.

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Alvaro Prieto

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Abogado especialista en derecho penal
Colegiado por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (nº 131239 )

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