Los antecedentes penales son la constatación oficial de que una persona ha sido condenada por sentencia firme por un delito, y pueden condicionar su vida personal y profesional incluso después de haber cumplido con la Justicia. Cancelar antecedentes penales consiste en eliminar esas inscripciones del Registro Central de Penados una vez que se ha extinguido la responsabilidad penal, se ha pagado la responsabilidad civil y ha pasado, sin volver a delinquir, el tiempo que fija el Código Penal.
Cancelarlos no es un simple trámite: permite cerrar del todo una condena ya cumplida y recuperar oportunidades reales, desde acceder a determinados empleos hasta colegiarse o presentarse a un puesto en la Administración. Soy Álvaro Prieto, abogado penalista en Murcia, y aquí te explico los requisitos, los plazos y cómo presentar la solicitud.
Requisitos para cancelar los antecedentes penales
La cancelación es un derecho regulado en el artículo 136 del Código Penal, pero no es automática al terminar la condena: exige cumplir estos requisitos.
Sentencia firme y extinción de la responsabilidad penal
La sentencia condenatoria debe ser firme, es decir, que contra ella ya no quepa recurso. Y la responsabilidad penal debe estar totalmente extinguida, ya sea por cumplimiento de la condena, por prescripción o por indulto.
Pago de la responsabilidad civil
El delito genera un daño a la víctima que se compensa mediante una indemnización, lo que se conoce como responsabilidad civil. Para cancelar los antecedentes, el condenado debe haber satisfecho esa responsabilidad civil, salvo los supuestos legales de insolvencia declarada.
Plazos sin volver a delinquir
Debe transcurrir un plazo, sin cometer un nuevo delito, que varía según la gravedad de la pena. Se cuenta desde el día siguiente a aquel en que quedó extinguida la pena:
Tipo de pena | Plazo sin delinquir |
|---|---|
Penas leves | 6 meses |
Penas que no excedan de 12 meses y delitos imprudentes | 2 años |
Penas menos graves inferiores a 3 años | 3 años |
Penas menos graves iguales o superiores a 3 años | 5 años |
Penas graves | 10 años |
Dónde y cómo se solicita la cancelación
La cancelación se solicita ante el Ministerio de Justicia. Aunque la ley prevé que el Registro la practique de oficio cuando se cumplen los requisitos, en la práctica no siempre ocurre a tiempo, así que conviene pedirla de forma expresa.
La solicitud puede presentarse de dos maneras: de forma presencial en la Gerencia territorial del Ministerio de Justicia o por correo, y de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio. En ambos casos se utiliza el Modelo 790, el formulario específico de este trámite. Para tramitarla por internet necesitas un medio que acredite tu identidad: DNI electrónico, certificado electrónico o Cl@ve.
Quién puede pedirla y qué documentación se aporta
La solicitud la puede presentar el titular de los antecedentes o su representante legal. Junto al formulario se aporta copia del DNI o NIE en vigor y, cuando se dispone de él, el certificado de cumplimiento de la pena o el documento del juzgado o tribunal que dictó la sentencia de la que derivan las inscripciones.
Cuánto tarda cancelar los antecedentes penales
Presentada la solicitud, el Ministerio de Justicia debe revisar la documentación de la sentencia y de la condena. Como regla general, la Administración resuelve y notifica en un plazo aproximado de tres meses. Conviene, en todo caso, confirmar que la cancelación se ha hecho efectiva y que los antecedentes han dejado de figurar en el Registro Central de Penados.
Antecedentes penales y antecedentes policiales: no son lo mismo
Conviene no confundir los antecedentes penales con los antecedentes policiales. Los penales derivan de una condena firme y constan en el Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia. Los policiales son los datos que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad registran a raíz de una detención o investigación, aunque no haya condena, y siguen su propio régimen de cancelación. Cancelar unos no cancela automáticamente los otros, así que, si te preocupa tu situación, conviene revisar ambos.
Por qué conviene cancelar los antecedentes penales
Una vez cancelados, los antecedentes dejan de figurar en el Registro Central de Penados y no pueden usarse en tu contra. Eso reabre puertas: el acceso al empleo público, la posibilidad de colegiarse para ejercer determinadas profesiones y, en general, no seguir arrastrando un hecho del pasado ya saldado. Conviene saber, además, que las empresas privadas no pueden exigir con carácter general tus antecedentes penales, aunque la ley sí obliga a acreditar que se carece de ellos en ciertos sectores, como el trabajo habitual con menores.
Preguntas frecuentes sobre la cancelación de antecedentes penales
¿Se cancelan solos los antecedentes penales?
La ley prevé que el Registro los cancele de oficio al cumplirse los requisitos, pero en la práctica no siempre sucede a tiempo, por lo que conviene solicitarlo expresamente.
¿Desde cuándo se cuenta el plazo para cancelar?
Desde el día siguiente a aquel en que quedó extinguida la pena, siempre que no se cometa un nuevo delito durante ese periodo.
¿Puedo cancelar los antecedentes si no he pagado la responsabilidad civil?
Por regla general no: el pago de la responsabilidad civil es un requisito, salvo los supuestos legales de insolvencia declarada.
¿Los antecedentes penales caducan por sí solos?
No caducan sin más: hace falta cumplir los requisitos y plazos del artículo 136 del Código Penal y que se practique la cancelación.
Abogado penalista en Murcia para cancelar tus antecedentes penales
Cancelar los antecedentes no suele ser complejo, pero un error en el cómputo del plazo o en la documentación puede retrasarlo meses. Si quieres hacerlo con seguridad, consulta con un abogado penalista en Murcia que verifique que cumples los requisitos y presente la solicitud por ti. Cerrar bien este capítulo es parte de dejarlo atrás.
Abogado especialista en derecho penal en Murcia
Colegiado por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (nº 131239 )
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