El delito leve de hurto es la sustracción, con ánimo de lucro y sin fuerza ni violencia, de bienes ajenos cuyo valor no supera los 400 euros. Aunque se castiga con multa, genera antecedentes penales y tiene consecuencias reales. Soy Álvaro Prieto, abogado penalista en Murcia dedicado al derecho penal en exclusiva, y aquí te explico cuándo hay delito leve de hurto, qué penas prevé el Código Penal y cómo se tramita el juicio.
Qué es el delito leve de hurto (art. 234 CP)
El delito de hurto está regulado en el artículo 234 del Código Penal, dentro de los delitos contra el patrimonio. Comete hurto quien, con ánimo de lucro, se apropia de una cosa mueble ajena sin el consentimiento de su dueño y sin emplear fuerza en las cosas ni violencia o intimidación en las personas.
El hurto es delito leve cuando el valor de lo sustraído no supera los 400 euros. Esa cuantía es el elemento que lo diferencia del hurto más grave, y la ausencia de fuerza o violencia es lo que lo distingue del robo.
Requisitos del delito leve de hurto
Para que exista hurto leve deben concurrir varios elementos objetivos.
Ánimo de lucro y sustracción de bienes muebles
El autor actúa con la intención de obtener un beneficio económico y se apropia de una cosa mueble, es decir, un objeto que puede trasladarse (ropa, dispositivos electrónicos, alimentos, dinero).
Falta de consentimiento y ausencia de violencia
La sustracción se produce sin el consentimiento del propietario y contra su voluntad. Además, debe realizarse sin fuerza en las cosas, violencia ni intimidación; de concurrir cualquiera de ellas, los hechos se calificarían como robo.
El valor de lo sustraído: el límite de 400 euros
Si el valor de lo hurtado no supera los 400 euros, y no concurre ninguna circunstancia del artículo 235, el hecho es un delito leve. Si se supera esa cantidad, sigue siendo hurto, pero como delito menos grave, con penas más severas.
Diferencia entre hurto leve, hurto y robo
La calificación cambia por dos factores: la cuantía y el modo de ejecución. Sin fuerza ni violencia y con valor de hasta 400 euros, hay hurto leve. Por encima de 400 euros, hurto del artículo 234.1. Y si se emplea fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas, ya no es hurto, sino robo, con penas de prisión.
Penas del delito leve de hurto según el Código Penal
Las penas del hurto dependen de la cuantía, de las agravantes del artículo 235 y de la reincidencia:
Supuesto | Pena |
|---|---|
Hurto leve: valor de hasta 400 € (art. 234.2) | Pena de multa de 1 a 3 meses |
Hurto: valor superior a 400 € (art. 234.1) | Prisión de 6 a 18 meses |
Hurto agravado: cosas de valor artístico, histórico o cultural; de primera necesidad con desabastecimiento; cableado o infraestructuras, etc. (art. 235) | Prisión de 1 a 3 años |
Multirreincidencia: condena previa por al menos tres delitos de este Título, aun con valor de hasta 400 € (art. 234.2) | Prisión de 6 a 18 meses |
La multa se fija por el sistema de días-multa, con una cuota diaria proporcional a los ingresos del condenado, de modo que el importe se ajusta a su capacidad económica.
Antecedentes penales y prescripción del hurto leve
Aunque se castigue con multa, la condena por un delito leve de hurto genera antecedentes penales, que pueden influir en futuros procedimientos y cancelarse transcurridos los plazos legales. El delito leve de hurto prescribe al año de su comisión: pasado ese plazo, el hecho ya no es perseguible.
El juicio por delito leve de hurto
El hurto leve se enjuicia mediante el juicio por delito leve ante el Juzgado de Instrucción, que sustituyó al antiguo juicio de faltas y se regula en los artículos 962 a 977 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. No debe confundirse con el juicio rápido, que se reserva para determinados delitos menos graves; el hurto que supera los 400 euros o que es reincidente sí puede tramitarse, en su caso, por esa vía.
El procedimiento suele seguir estos pasos:
Denuncia. Lo habitual es que el perjudicado denuncie los hechos; el Ministerio Fiscal interviene cuando procede.
Citación. El denunciado es citado para comparecer ante el juzgado.
Vista oral. El juez valora las pruebas (declaraciones de testigos, grabaciones de cámaras de seguridad, informe del valor de lo sustraído).
Sentencia. El juez resuelve. La reparación del daño y el reconocimiento de los hechos pueden operar como atenuantes.
Preguntas frecuentes sobre el delito leve de hurto
¿Qué te puede pasar por un hurto leve?
La pena prevista es una multa de uno a tres meses, además de la posible generación de antecedentes penales y la responsabilidad civil por el valor de lo sustraído.
¿Cuándo un hurto se considera delito leve?
Cuando el valor de lo sustraído no supera los 400 euros, no se emplea fuerza ni violencia y no concurre ninguna de las circunstancias agravantes del artículo 235.
¿Voy a prisión por un delito leve de hurto?
El tipo leve se castiga con multa, no con prisión. El ingreso en prisión solo aparece en el hurto superior a 400 euros, en el hurto agravado o en los casos de multirreincidencia.
¿Cómo puedo defenderme en un juicio por hurto leve?
Cabe discutir el valor de lo sustraído, la existencia de ánimo de lucro o la prueba de la sustracción, y valorar la reparación del daño como atenuante. Contar con abogado desde la citación evita errores que condicionan el resultado.
Si te han denunciado o citado por un delito leve de hurto, cuenta con un abogado penalista especialista en hurto en Murcia que revise el valor atribuido, la prueba y las posibles atenuantes. Este delito se relaciona con el robo con fuerza y con la receptación de lo sustraído. Soy Álvaro Prieto y llevo estos casos en Murcia y Alicante. Cuéntame tu situación y preparamos tu defensa.
Abogado especialista en derecho penal en Murcia
Colegiado por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (nº 131239 )
Contactar
Más sobre mí






