El delito de abandono del lugar del accidente se comete cuando el conductor causante de un accidente con víctimas, heridas o fallecidas, se marcha del lugar sin justificación. Soy Álvaro Prieto, abogado penalista en Murcia dedicado al derecho penal en exclusiva, y en esta guía te explico cómo lo regula el Código Penal, en qué se diferencia de la omisión de socorro, qué daños exige y qué penas conlleva.
Qué es el delito de abandono del lugar del accidente
El abandono del lugar del accidente se regula en el artículo 382 bis del Código Penal, incorporado por la reforma de marzo de 2019 ante el aumento de casos en los que, tras atropellar a un peatón o a un ciclista, el responsable se daba a la fuga. Sanciona al conductor que, habiendo causado un accidente con víctimas, abandona voluntariamente el lugar de los hechos.
Solo puede cometerlo el conductor de un vehículo a motor o ciclomotor que causa el accidente y se marcha. Es un delito autónomo: no depende de que el siniestro derive de una imprudencia, aunque esa circunstancia sí influye en la pena. Se castiga la ruptura del deber de solidaridad, que aquí se eleva a deber jurídico.
Diferencia con el delito de omisión de socorro
No debe confundirse con el delito de omisión de socorro del artículo 195. La omisión de socorro persigue a cualquiera que, consciente de que una persona está en peligro y pudiendo ayudarla sin riesgo, no lo hace, con independencia de que sea o no el causante y sin que exija un accidente de tráfico. El abandono del lugar del accidente, en cambio, solo lo comete el conductor causante que se marcha, en el marco de un siniestro vial.
Requisitos del delito de abandono del lugar del accidente
Para apreciar el delito deben concurrir varias condiciones:
El autor debe ser, a la vez, el causante del accidente que ha provocado daños a las personas.
Los daños deben tener cierta entidad: abandonar un accidente sin víctimas no integra este delito.
No es necesario huir en el mismo vehículo; la fuga puede ser a pie o en otro vehículo. Por abandono, la jurisprudencia entiende alejarse lo suficiente como para dificultar la identificación y la investigación del accidente.
Debe existir dolo: si el conductor cree por error que ha atropellado a un animal y se marcha, el error de tipo excluye el delito.
No se comete el delito si el causante permanece en el lugar, aunque finja ser un espectador, ni si deja sus datos de identificación antes de marcharse; en esos casos habría que analizar una posible omisión de socorro. Tampoco se persigue si abandonar el lugar era necesario para evitar un riesgo propio o de terceros. La tentativa sí es punible: quien intenta huir sin lograrlo responde por ello.
Qué daños exige el delito
La ley exige que, como consecuencia del siniestro, se haya producido la muerte de una o varias personas, o que estas hayan sufrido:
Lesiones que requieren tratamiento médico o quirúrgico más allá de la primera asistencia.
Pérdida o inutilidad de un órgano, miembro o sentido.
Si no se alcanza ese resultado lesivo grave, la respuesta puede quedar en el plano administrativo, con sanción económica.
Penas del delito de abandono del lugar del accidente
La pena depende de si el accidente se debió a una imprudencia del conductor o fue fortuito:
Origen del accidente | Pena |
|---|---|
Accidente debido a imprudencia del conductor (art. 382 bis.2.1º) | Prisión de 6 meses a 4 años y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años |
Accidente fortuito (art. 382 bis.2.2º) | Prisión de 3 a 6 meses y privación del derecho a conducir de 6 meses a 2 años |
Además de la pena, en el ámbito civil el responsable puede quedar obligado a indemnizar a las víctimas por los daños causados.
Preguntas frecuentes sobre el abandono del lugar del accidente
¿Qué pena tiene abandonar el lugar de un accidente?
Prisión de 6 meses a 4 años y privación del permiso de 1 a 4 años si el accidente se debió a imprudencia; prisión de 3 a 6 meses y privación de 6 meses a 2 años si fue fortuito.
¿En qué se diferencia de la omisión de socorro?
El abandono del lugar del accidente solo lo comete el conductor causante que se marcha; la omisión de socorro afecta a cualquiera que no auxilia a una persona en peligro, haya o no accidente.
¿Es delito si dejo mis datos y me voy?
Dejar los datos de identificación excluye el abandono del lugar del accidente, aunque podría analizarse una omisión de socorro si no se prestó auxilio a la víctima.
¿Y si me marcho porque creí que había atropellado a un animal?
El error sobre la existencia de víctimas humanas (error de tipo) excluye el dolo y, con él, este delito.
Si te enfrentas a una acusación por abandono del lugar del accidente, cuenta con un abogado penalista especialista en delitos contra la seguridad vial en Murcia que analice el dolo, el origen del accidente y la entidad de los daños. Este delito concurre a menudo con la conducción bajo los efectos del alcohol. Soy Álvaro Prieto y llevo la defensa penal en Murcia y Alicante. Cuéntame tu caso y valoramos la estrategia.
Abogado especialista en derecho penal en Murcia
Colegiado por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (nº 131239 )
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