Si consultamos los datos del Instituto Nacional de Estadística, nos damos cuenta de que, el delito de detención ilegal no está entre los más populares en nuestro país, aunque tampoco se trata, por desgracia, de algo residual. Los datos de 2019 a 2021 revelan una media de 210 detenciones ilegales cometidas en España, y es importante conocer en qué consiste este delito y cuáles son nuestros derechos.

Qué es la detención ilegal

Dentro de los delitos contra la libertad, existen multitud de tipos, como las coacciones y las amenazas, ya que son conductas que limitan la voluntad de la víctima de alguna manera.

Pues bien, ese ataque contra la libertad se aprecia de forma mucho más clara en el delito de detención ilegal, porque atenta contra la libertad ambulatoria de las personas; es decir, contra la capacidad de desplazarnos libremente de un lugar a otro, que es el aspecto más elemental de la libertad humana.

De esta forma, podríamos definir la detención ilegal como un delito mediante el cual, un particular, autoridad o funcionario público encierra o detiene a otra persona, privándola de la libertad para desplazarse a su voluntad.

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Modalidades

El Código Penal insiste en dos modalidades a través de las cuales se puede cometer este delito:

  • El primero es encerrar: que equivale a situar a una persona en un lugar no abierto (automóvil, habitación, roulotte, etc.).
  • El segundo es detener: es decir, aprehender a una persona a la que se le priva de la posibilidad de alejarse en un espacio abierto: atándola o golpeándola, por ejemplo.

Tipos del delito de detención ilegal y cómo se regulan

Existen diferentes tipos de detención ilegal a los que se les denominan tipos cualificados, y llevan aparejadas una pena mayor que el tipo básico.

La detención ilegal de larga duración

El delito de detención ilegal se va a ver irremediablemente agravado cuando la privación de libertad sea permanente, prolongándose de forma indefinida en el tiempo. De todas formas, bastarán quince días para que empecemos a hablar de penas de entre cinco a ocho años de prisión.

El secuestro

La detención ilegal y secuestro son lo mismo. Hablamos de secuestro cuando la detención ilegal se hace exigiendo alguna condición para poner al secuestrado de nuevo en libertad, por ejemplo, pidiendo el pago de un rescate.

La exigencia de esa condición puede dirigirse al secuestrado o a terceras personas, como sus familiares. Sea como sea, aquí hablamos de un delito de detención ilegal con otro de amenazas.

La detención ilegal en el Código Penal tiene otros tipos agravados según la identidad del sujeto activo y pasivo:

  • Detención ilegal o secuestro con simulación de autoridad o función pública.
  • Detención ilegal a menores de edad, incapaces o funcionarios públicos.
  • Detención ilegal con desaparición del detenido o secuestrado.
  • Detenciones cometidas por autoridad o funcionario público.

Qué hacer si sufres una detención ilegal

Los secuestros no son típicos en nuestro país. No obstante, lo que sí ocurre con mayor asiduidad son las detenciones ilegales cometidas por autoridades. Y es que, para que una detención policial sea legítima, tienen que concurrir una serie de garantías que están reconocidas en el artículo 17 de nuestra Constitución.

Teniendo esto en cuenta, la detención será ilegal cuando:

  • Las diligencias de investigación se demoren innecesariamente. No olvidemos que el tiempo de detención debe ser siempre el estrictamente necesario para practicar las diligencias de investigación, y, como máximo 72 horas. Después de ese límite de tiempo, el detenido debe ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.
  • Las autoridades no respetan los derechos procesales del detenido. La Constitución insiste en que el detenido debe ser informado de forma inmediata, y de modo que le sea comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención. Asimismo, no puede ser obligado a declarar y tiene derecho a la asistencia de un abogado en las diligencias policiales y judiciales.
  • La detención se produce en un lugar distinto a la comisaría o cualquier otro centro de detención.
  • No hay motivos legales que fundamenten la detención.

Si la detención es ilegal, la Ley pone en nuestro poder el procedimiento del habeas corpus, cuyo objetivo es proteger a cualquier ciudadano en estos supuestos. A través del habeas corpusse garantiza la inmediata y pública comparecencia del detenido ante un juez para que este se pronuncie sobre la legalidad del arresto y sobre si debe mantenerse o no.  Puedes profundizar más en este artículo sobre el habeas corpus.

¿Quiénes podrán solicitarlo?

  • El ciudadano detenido.
  • Su cónyuge o persona unida por análoga relación de afectividad, descendientes, ascendientes, hermanos y, en su caso, respecto a los menores y personas incapacitadas, sus representantes legales.
  • El Ministerio Fiscal.
  • El Defensor del Pueblo.
  • También, lo podrá iniciar, de oficio, el juez competente.

Una vez solicitado, el juez deberá resolver en el tiempo estrictamente necesario, y con un máximo de 24 horas.

En conclusión, una detención es ilegal si se infringen las garantías constitucionales más elementales. Por eso, es muy importante que conozcamos nuestros derechos y nos dejemos asesorar por expertos. Nosotros, como abogados penalistas en Murcia, ofrecemos el asesoramiento legal necesario para evitar este tipo de situaciones abusivas.

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Alvaro Prieto

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Abogado especialista en derecho penal
Colegiado por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (nº 131239 )

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