Qué es el delito de tráfico de drogas y qué condena se le aplica.

Qué es el delito de tráfico de drogas y qué condena se le aplica.

delito de trafico de drogas

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El delito de tráfico de drogas castiga el cultivo, la elaboración o el comercio de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, así como cualquier acto que promueva, favorezca o facilite su consumo ilegal. Soy Álvaro Prieto, abogado penalista en Murcia dedicado al derecho penal en exclusiva, y en esta guía te explico cuándo esta conducta es delito, qué penas prevé el Código Penal y cómo se plantea la defensa.

Qué es el delito de tráfico de drogas

El delito de tráfico de drogas está recogido en el artículo 368 del Código Penal, dentro de los delitos contra la salud pública. Castiga a quienes ejecutan actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promueven, favorecen o facilitan el consumo ilegal de drogas, o las poseen con esos fines. No castiga la tenencia destinada al autoconsumo.

Se trata de un delito que protege la salud pública como bien jurídico colectivo, reconocido en el artículo 43 de la Constitución. El tipo básico está en el artículo 368, pero los artículos siguientes, hasta el 378, recogen agravaciones, atenuaciones y consecuencias accesorias.

Drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas

La ley y la jurisprudencia distinguen entre sustancias que causan grave daño a la salud (como la cocaína o la heroína) y las que no lo causan (como el hachís o la marihuana). Esa distinción es decisiva, porque determina la pena aplicable. También se incluye el tráfico de precursores, es decir, los productos que se emplean para fabricar drogas.

Cuándo hay delito de tráfico de drogas y cuándo es consumo propio

En nuestro ordenamiento el consumo de drogas no está penado, y la posesión para autoconsumo no es delito. Consumir o poseer para consumo propio en la vía pública sí puede ser una infracción administrativa conforme a la Ley de Seguridad Ciudadana, pero no un delito.

La frontera entre el delito y el autoconsumo se traza valorando si la sustancia estaba destinada al tráfico. Para ello se atiende a varios indicios:

  • La cantidad, en relación con el baremo de dosis diarias del Instituto Nacional de Toxicología, orientativo y no automático.

  • El ánimo de traficar, que puede inferirse de la forma de presentación de la droga (dosis individuales), de elementos como balanzas de precisión, dinero fraccionado o listados, o de que la sustancia estuviera destinada a terceros.

  • La situación del acusado, incluida la acreditación de una adicción mediante pruebas toxicológicas cuando se alega consumo propio.

La cantidad de notoria importancia

Cuando la cantidad supera determinados umbrales, se aplica la agravante de notoria importancia del artículo 369. La jurisprudencia del Tribunal Supremo la fija, de forma orientativa, cuando se superan las 500 dosis de consumo diario de la sustancia. Lo desarrollo en detalle en mi artículo sobre la notoria importancia en las drogas.

Penas del delito de tráfico de drogas según el Código Penal

Las penas dependen del tipo de sustancia, de la cantidad y de las circunstancias que concurran:

Supuesto

Pena

Tipo básico, sustancias que causan grave daño a la salud (art. 368)

Prisión de 3 a 6 años y multa del tanto al triplo del valor de la droga

Tipo básico, sustancias que no causan grave daño (art. 368)

Prisión de 1 a 3 años y multa del tanto al duplo

Escasa entidad del hecho y circunstancias personales (art. 368.2)

Pena inferior en grado

Agravantes: funcionario, establecimiento abierto al público, menores, notoria importancia, etc. (art. 369)

Pena superior en grado y multa del tanto al cuádruplo

Pertenencia a organización delictiva (art. 369 bis)

Prisión de 9 a 12 años (grave daño) o de 4 años y 6 meses a 10 años (resto)

Extrema gravedad: buques, aeronaves o cantidades que exceden notablemente la notoria importancia (art. 370)

Pena superior en uno o dos grados a la del art. 368

Cuando la responsable es una persona jurídica, el Código Penal prevé penas de multa por cuotas (de dos a cinco años, o de uno a tres años, según la gravedad) además de otras consecuencias.

Agravantes y atenuantes en el tráfico de drogas

Además de las agravaciones del artículo 369 (notoria importancia, uso de menores, establecimientos abiertos, condición de funcionario o educador) y del artículo 370 (extrema gravedad), existen vías para reducir la pena:

  • Escasa entidad del hecho (art. 368.2). Permite imponer la pena inferior en grado atendiendo a las circunstancias personales del autor.

  • Colaboración y deshabituación (art. 376). El Código Penal permite rebajar la pena en uno o dos grados a quien abandona voluntariamente la actividad y colabora activamente con las autoridades, o al drogodependiente que acredita haberse deshabituado o estar en tratamiento.

Decomiso de bienes y consecuencias del tráfico de drogas

En estos delitos se decomisan las sustancias, así como los bienes, medios, instrumentos y ganancias relacionadas con la actividad, e incluso bienes cuyo origen lícito no quede acreditado. Firme la sentencia, se destruye lo incautado. Los antecedentes penales que genera una condena por tráfico de drogas pueden dificultar el acceso a determinados empleos y afectar a la situación de residencia de personas extranjeras, por lo que valorar bien la estrategia desde el inicio es esencial.

Cómo se defiende un delito de tráfico de drogas

La defensa se construye sobre varios ejes, según el caso:

  • Revisar la legalidad del registro, la detención y la cadena de custodia de la sustancia.

  • Discutir el ánimo de traficar y sostener el autoconsumo cuando los indicios lo permiten.

  • Aplicar atenuantes (escasa entidad, drogodependencia, colaboración del art. 376).

  • Valorar la prisión provisional y su posible sustitución por medidas menos gravosas.

Preguntas frecuentes sobre el tráfico de drogas

¿Cuándo se considera delito de tráfico de drogas?
Cuando hay actos de cultivo, elaboración o tráfico, o se promueve, favorece o facilita el consumo ilegal, o se poseen drogas con esos fines. La posesión para autoconsumo no es delito.

¿Cuál es la pena por tráfico de drogas?
Prisión de 3 a 6 años si la sustancia causa grave daño a la salud, y de 1 a 3 años en los demás casos, además de multa. La pena puede subir o bajar según agravantes y atenuantes.

¿Qué cantidad se considera de notoria importancia?
El Tribunal Supremo la aprecia, de forma orientativa, cuando se superan las 500 dosis de consumo diario de la sustancia, lo que activa la agravante del artículo 369.

¿El autoconsumo de drogas es delito?
No. El consumo y la posesión para consumo propio no son delito, aunque consumir o tener drogas en la vía pública puede constituir una infracción administrativa.

Si te investigan o acusan por un delito de tráfico de drogas, cuenta con un abogado penalista especialista en tráfico de drogas en Murcia que revise la prueba, el atestado y las posibilidades de atenuar o archivar la causa. Soy Álvaro Prieto y llevo la defensa de estos casos en Murcia y Alicante. Cuéntame tu situación y te explico el margen real de tu caso.

Abogado Penalista en Murcia
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Abogado especialista en derecho penal en Murcia
Colegiado por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (nº 131239 )
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